Cristina Kirchner no podrá votar, confirma la Cámara Electoral
La Cámara Nacional Electoral decidió no habilitar a la expresidenta Cristina Kirchner para que pueda votar en las elecciones legislativas de octubre. La razón detrás de esta decisión se basa en precedentes como el caso de la “Procuración Penitenciaria” y el “Orazi”, que destacaban la necesidad de una ley del Congreso para regular esta situación.
Recientemente, el 18 de julio, la jueza federal interina de Río Gallegos, Mariel Borruto, había permitido que Cristina, a pesar de tener una condena firme de 6 años de prisión en el caso “Vialidad”, mantuviera su derecho al voto. Esta decisión se sustentó en declarar inconstitucionales algunos artículos del Código Penal y del Código Nacional Electoral, que imponen la inhabilitación de quienes tienen condenas firmes por delitos graves.
La jueza se basó en el precedente “Zelaya” de 2022, donde se falló que las normas que restringen el derecho a votar violan derechos fundamentales, como la igualdad y la dignidad. Sin embargo, ahora la Cámara Electoral revirtió esa resolución.
La Cámara fundamentó su decisión en el caso “Procuración Penitenciaria”, donde se había declarado la inconstitucionalidad de las normas vigentes y se solicitó al Congreso de la Nación que revisara la regulación del sufragio para personas con condena penal. En esa ocasión, se argumentó que la objeción constitucional se debía a que estas restricciones son genéricas y automáticas.
Además, se recordó el fallo de la Corte Suprema “Orazi”, donde se consideró que postergar el derecho al voto hasta que el Congreso revisara la normativa vigente para condenados resulta violatorio del principio de tutela judicial efectiva. Hasta el momento, el Congreso no ha regulado el voto para quienes tienen condenas.
Días atrás, el fiscal electoral Ramiro González pidió que se excluyera a la ex presidenta del padrón debido a su condena en el caso Vialidad. Su dictamen sugirió revocar la decisión de la justicia electoral de Santa Cruz que había declarado inconstitucional la norma que exige la exclusión de personas con condenas firmes del padrón electoral.
Recordemos que Cristina está empadronada en Santa Cruz. Una jueza de la provincia había declarado inconstitucional la prohibición de votar para quienes están condenados, permitiendo su inclusión en el padrón. Esta decisión fue apelada y llegó a la justicia electoral.
Recientemente, los jueces Daniel Bejas, Santiago Corcuera y Alberto Dalla Vía decidieron revocar la sentencia de la magistrada de Santa Cruz. La Cámara sostuvo que el tema debía manejarse caso por caso y que debía verificarse si la posibilidad de voto era “jurídica y fácticamente viable” en relación al tipo de delito que motivó la inhabilitación.
El tribunal concluyó que “dado que ninguna de las condiciones mencionadas fue considerada en la sentencia apelada, la misma debió ser revocada”, ya que se dictó de oficio y sin una petición específica del interesado o del Ministerio Público.